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| // DERECHO DE AUTOR | |||||||||||||||
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Aquí encontrará una orientación acerca del área de Derecho de Autor |
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El Derecho de Autor protege toda clase de obras intelectuales, que sean originales, en el campo de las obras literarias y artísticas (en sentido amplio), con idoneidad para ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o procedimiento.
El derecho de autor sólo se extingue en su faz patrimonial. La legislación argentina establece como plazo general de duración del derecho patrimonial, toda la vida del autor y 70 años más a partir de su muerte. Vencido dicho plazo la obra entra en el dominio público.
Significa que cualquier persona puede utilizar la obra libremente siempre y cuando se respeten rigurosamente los derechos morales, es decir, la paternidad y la integridad de la obra.
Es el derecho que le corresponde al titular de una obra protegida por derecho de autor a autorizar la reproducción total o parcial de la misma por un procedimiento reprográfico o similar, como por ejemplo el que se lleva a cabo por medio de la fotocopia.
SI. La Ley de de Fomento del Libro y la Lectura expresamente establece dicha autorización.
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