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| // DERECHO DE AUTOR | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Conceptos básicos |
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Derecho de autor: Protege las obras intelectuales.
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En el derecho argentino, todas las obras del intelecto están protegidas por el Derecho de Autor, en la medida en que sean originales. Tradicionalmente, una obra se considera original cuando refleja de cualquier modo la personalidad del autor.
En consecuencia y si la obra cumple con dichos requisitos, la ley le acuerda al autor un derecho exclusivo integrado por derechos de orden patrimonial y de orden moral, que proporcionan a los autores el reconocimiento de su trabajo y les permiten obtener una compensación económica justa por sus actividades creativas. El Derecho de Autor protege toda clase de obras intelectuales -que sean originales- en el campo de las obras literarias y artísticas, en sentido amplio y sin restricción de clase alguna; con idoneidad para ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o procedimiento. Por lo tanto, se reconoce protección a todas las obras del intelecto humano en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como:
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